1 de mayo de 2024

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USCIS aclara los trámites que deben hacer las empresas que solicitan visas L-1

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) publicó una guía para evitar errores a los propietarios de empresas “unipersonales” que solicitan visas L-1.

La guía aclara que una empresa unipersonal no puede presentar una petición de visa L-1 en nombre de su propietario, porque la empresa unipersonal no existe como una entidad legal distinta e independiente del propietario, explicó USCIS.

El error que se aclaró es que quien es dueño de una empresa unipersonal no puede patrocinarse a sí mismo para una visa L-1, es importante distinguir que en este caso, no se trata de una nueva regla, sino de una actualización del Manual de Políticas de la agencia migratoria.

La actualización distingue a un propietario único de un peticionario autoconstituido (tales como una corporación o una empresa de responsabilidad limitad con un único propietario), donde la corporación o la empresa de responsabilidad limitada unipersonal es una entidad jurídica separada y distinta de su propietario, que puede peticionar a dicho propietario”, se agrega.

USCIS explica que hay otras peticiones de visas consideradas “generales”, las cuales pueden ser presentadas por empresas internacionales, a nombre de alguna persona.

Y en la nueva aclaración se indican también recordatorios sobre la extensión de una petición de visa L-1.

“USCIS ha actualizado la guía de política para aclarar que, no presentar de manera oportuna una extensión de la petición general no da comienzo al periodo de tres años de espera antes de que se puede presentar otra petición general”, se indica.

La visa L-1 permite a una empresa enviar a un empleado de cualquier país a Estados Unidos, esto de manera temporal. USCIS también facilitó recientemente el procedimiento para pedir las visas L-1

“La política y práctica actuales de USCIS establecen que una empresa unipersonal no puede presentar una petición L-1 en nombre de su propietario”, insiste la agencia.

La aclaración de USCIS sobre el procedimiento para solicitar visas L-1 entró en vigor el 20 de octubre de 2023, en la fecha de su publicación.