26 de mayo de 2026

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Primera Dama Begoña Gómez de España citada a la corte por delitos de corrupción

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El juez Juan Carlos Peinado, titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, ha citado el próximo 9 de junio a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para la audiencia previa de cara al posible juicio con jurado popular por cuatro delitos: corrupción en los negocios, malversación, tráfico de influencias y apropiación indebida. Peinado advierte además a Begoña que, en caso de no acudir, será conducida «por la fuerza pública».

Así lo decide el juez en un auto, al que ha tenido acceso OKDIARIO, en el que también llama a comparecer a la asesora de Begoña Gómez en La Moncloa, Cristina Álvarez, y al empresario Juan Carlos Barrabés, ambos investigados en la causa. Ellos, como la mujer de Sánchez, deberán hacerlo el 9 de junio «con apercibimiento expreso de ser conducidos por la fuerza pública».

Peinado acuerda que «dichos acusados comparezcan personalmente» el 9 de junio en un «acto de la audiencia preliminar a los efectos de, en su caso, celebrar la correspondiente comparecencia con su presencia, en la que se podría adoptar alguna medida cautelar de naturaleza personal que evite o minimice el riesgo de tratar de eludir la acción de la justicia». Además, avisa aludiendo a la «extensión de la pena que pudiera serles impuesta».

El juez planteó juzgar con jurado popular a Begoña Gómez por malversación, tráfico de influencias, corrupción en los negocios y apropiación indebida de marca, presuntos delitos que conllevan elevadas penas de cárcel. Peinado rechazó los recursos que pedían archivar la investigación contra los tres imputados, Gómez, Álvarez y Barrabés, e insistió en enviarles a un juicio por jurado, como propuso al finalizar la fase de instrucción el pasado mes de abril.

En el auto, Peinado recuerda que en el mes de abril, las acusaciones populares presentaron sus escritos de acusación solicitando la apertura de juicio oral, mientras la Fiscalía solicitó el archivo y las defensas también. Y determina que no quedan diligencias por practicar. Asimismo, el magistrado rechaza la mayoría de las diligencias solicitadas por las partes de cara a esa comparecencia, como la declaración en la misma, de forma anticipada al juicio, de Barrabés, que solicitó hacerlo en este acto y no en la vista oral debido a su estado de salud.

«No se acredita con un informe médico actualizado al día de hoy, o cercano en el tiempo, ni tan siquiera indiciariamente, que la evolución del estado de salud de dicho acusado, le impida acudir a ese acto», afirma el juez, que recuerda que en todo caso, Juan Carlos Barrabés compareció el 4 de junio de 2024 en el juzgado y esta declaración sería válida de cara al juicio. La única petición aceptada en esta línea es la del abogado de Cristina Álvarez, sobre que se le entreguen las grabaciones de todas las declaraciones llevadas a cabo en la instrucción.

Peinado detalla en el auto las penas que prevé la ley para los delitos de tráfico de influencias –hasta dos años de cárcel–, corrupción en los negocios en el sector privado entre particulares –hasta cuatro años de prisión–, malversación de caudales públicos –hasta tres años– y apropiación indebida –hasta seis años de cárcel–.