Conseguir una vivienda en alquiler en República Dominicana no solo implica asumir el pago mensual de la renta. Los gastos legales y las garantías exigidas al momento de firmar un contrato representan uno de los principales obstáculos económicos para miles de familias.
Aunque la Ley 85-25 sobre Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucios introdujo cambios para reducir esa carga, abogados consultados por N Digital advierten que todavía existen aspectos de la norma que podrían generar conflictos entre propietarios e inquilinos.
Uno de los cambios más significativos es la eliminación de la práctica conocida como “2+1”, mediante la cual los inquilinos debían entregar dos meses de depósito, un mes de comisión al intermediario inmobiliario y, en muchos casos, asumir además el costo de elaboración y legalización del contrato.
La abogada Amarilys Durán explicó que esta práctica no estaba contemplada expresamente en la legislación anterior, sino que se convirtió en una costumbre del mercado inmobiliario que terminó elevando considerablemente el costo de acceso a una vivienda.
“Ahora la Ley 85-25 establece que para viviendas solo puede exigirse un máximo de dos meses de depósito. La comisión del corredor inmobiliario es un concepto distinto y debe ser acordada entre las partes; ya no puede imponerse automáticamente al inquilino“, señaló.
Menos carga económica al iniciar un contrato
Según Durán, la nueva legislación busca equilibrar la relación contractual al reducir el desembolso inicial que debe realizar el arrendatario.
Además del límite de dos depósitos como garantía, la ley dispone que los gastos derivados de la formalización del contrato podrán ser compartidos entre propietario e inquilino o asumidos por quien contrate los servicios legales, evitando que todo el costo recaiga sobre una sola parte.
“Esto representa un alivio importante para quienes buscan alquilar una vivienda, especialmente en un contexto donde el costo de los alquileres ha aumentado de manera significativa”, indicó la especialista.
¿Qué pasa con los depósitos?
Uno de los puntos que continúa generando dudas es la administración de los depósitos entregados por los inquilinos.
La legislación anterior obligaba a depositar esas garantías en el Banco Agrícola, mientras que la Ley 85-25 amplía esa posibilidad al Banco de Reservas.
Sin embargo, Durán considera que existe una debilidad en la redacción de la norma.
“La ley establece que el propietario ‘podrá’ depositar el dinero, no que ‘deberá’. Eso deja la decisión a su discreción y puede provocar que muchos depósitos no sean colocados en ninguna entidad bancaria, afectando al inquilino porque pierde los intereses que esos recursos podrían generar”, puntualizó.
Vivienda en alquiler.-
La devolución sigue siendo motivo de conflictos
Otro de los temas que más controversias genera al finalizar un contrato es la devolución del depósito de garantía.
Durán explicó que el propietario solo puede retener ese dinero cuando existan alquileres pendientes, deudas por servicios o daños comprobados en el inmueble.
No obstante, reconoce que en la práctica muchos conflictos surgen porque algunos inquilinos utilizan el depósito para cubrir los últimos meses de alquiler sin autorización del propietario.
“El propietario puede recibir el inmueble bajo reservas para verificar su estado y determinar si existen daños o deudas antes de devolver el depósito”, explicó.
La ley prohíbe cobrar más de dos depósitos
El abogado Wilson González coincide en que el principal beneficio económico para el inquilino es la prohibición expresa de exigir más de dos depósitos.
“El artículo 13 de la Ley 85-25 establece claramente que el propietario no puede cobrar más de dos depósitos como garantía. La práctica del llamado ‘2+1’ quedó eliminada”, afirmó.
Respecto a los honorarios legales, explicó que estos ya no deben ser asumidos automáticamente por el inquilino.
“El costo del contrato será cubierto por ambas partes en partes iguales o por quien haya contratado al abogado. Eso dependerá del acuerdo entre propietario e inquilino”, señaló.
Inspección antes de devolver el dinero
González explicó que la devolución de los depósitos dependerá de que el inmueble sea entregado en las mismas condiciones en que fue recibido.
Antes de realizar el reembolso, el propietario tiene derecho a inspeccionar la vivienda para verificar que no existan daños atribuibles al arrendatario.
“Si todo está en buenas condiciones y no hay deudas pendientes, corresponde devolver el depósito completo. Si existen deterioros o incumplimientos, el propietario puede descontar los gastos correspondientes”, sostuvo.
Un cambio legal que busca equilibrar la relación
Para ambos especialistas, la Ley 85-25 representa un avance al establecer reglas más claras sobre depósitos, comisiones y gastos legales, reduciendo el costo inicial para quienes buscan alquilar una vivienda y ofreciendo mayor seguridad jurídica a propietarios e inquilinos.
No obstante, consideran que el verdadero desafío será garantizar el cumplimiento efectivo de estas disposiciones y que tanto propietarios como corredores inmobiliarios adapten sus prácticas a las nuevas reglas, evitando que persistan cobros que la legislación ya no contempla.