Tras la reciente denuncia realizada ante las autoridades policiales por un menor de 12 años sobre los presuntos maltratos recibidos en una supuesta fundación denominada “Rescatando Vidas”, en San Cristóbal, y donde se produjo el rescate de unos 14 niños durante un operativo llevado a cabo por la Policía Nacional. El caso, en el que se presume la posible existencia de trata de personas, continúa bajo investigación, según informaciones ofrecidas por el Ministerio de Interior y Policía.
En ese contexto y este resultara ser lo sospechado, la actual Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas establece, en sus artículos 2 y 3 y sus respectivos párrafos, penas que van desde 10 hasta 20 años de reclusión, así como multas de 150 a 175 salarios mínimos, dependiendo de la gravedad y las circunstancias del delito.
A pesar de los esfuerzos realizados por organismos vinculados a la lucha contra este delito, como la Procuraduría Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas (PETT), la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y otras entidades, este tipo de crimen organizado continúa registrándose en el país como una amenaza persistente.
PGR y acciones intitucionales contra la trata de personas
A finales de julio de 2026, la procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, y el fiscal nacional de Chile, Ángel Valencia Vásquez, firmaron un acuerdo de cooperación para crear un equipo conjunto de investigación destinado a fortalecer las pesquisas sobre trata de personas, tráfico ilícito de migrantes, lavado de activos y otros delitos vinculados al crimen organizado transnacional.
El convenio fue suscrito al amparo de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, conocida como Convención de Palermo, adoptada por la ONU en el año 2000, y busca reforzar la coordinación entre ambos países frente a estructuras criminales que operan más allá de las fronteras nacionales.
En ese contexto, Reynoso ha señalado que la lucha contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes constituye un objetivo estratégico dentro de la política de persecución del crimen organizado transnacional de República Dominicana. La magistrada ha definido la trata de personas como una forma de “esclavitud moderna” y una de las manifestaciones más graves de vulneración de la dignidad humana.
La procuradora también ha explicado que las investigaciones sobre trata de personas suelen desarrollarse de manera paralela a pesquisas por lavado de activos, debido a que las organizaciones criminales buscan obtener beneficios económicos ilícitos y posteriormente introducir esos recursos en los mercados formales.
Dentro de esa misma línea de fortalecimiento institucional, la magistrada Yohanna Bejarán, de la Procuraduría Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas (PETT), advirtió sobre la necesidad de modernizar los mecanismos utilizados para enfrentar estas redes criminales.
“Cada hora que tardamos en modernizar nuestra respuesta institucional es una hora que una red criminal lleva de ventaja sobre una víctima que no puede esperar”, expresó Bejarán durante un encuentro realizado el pasado 20 de junio, impulsado por la Organización Internacional para las Migraciones (OIM).
La actividad estuvo enfocada en la articulación de capacidades tecnológicas y talento STEAM para combatir la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, así como en identificar oportunidades de colaboración interinstitucional que permitan fortalecer la prevención, investigación y persecución de estos delitos mediante la tecnología y la innovación aplicada.
Las acciones de capacitación y coordinación también han incluido espacios de discusión sobre las nuevas modalidades utilizadas por las redes criminales. En el marco del Día Mundial contra la Trata de Personas y durante la celebración del III Seminario “Trata de Personas y Criminalidad Forzada: Víctimas Atrapadas en la Delincuencia Organizada”, especialistas nacionales e internacionales analizaron en República Dominicana los desafíos que plantea la criminalidad forzada como una modalidad emergente de la trata de personas.
Durante el encuentro se abordó, además, el crecimiento de redes criminales que captan a personas mediante falsas ofertas de empleo y posteriormente las obligan a participar en fraudes financieros, estafas en línea y otras actividades ilícitas.
Rescates y Operaciones
En mayo de este año, la Unidad Especializada de Investigación Conjunta Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Delitos Conexos (UITIMC), adscrita a la PETT, rescató a 62 mujeres víctimas de explotación sexual comercial durante un operativo realizado en Cabarete, Sosúa, Puerto Plata.
La intervención permitió desmantelar una red integrada por dominicanos y extranjeros. Entre las víctimas había 51 dominicanas y 11 haitianas, quienes fueron puestas bajo la asistencia y protección de la Procuraduría General de la República.
Otra de las acciones contra este delito fue la Operación Begonias, mediante la cual las autoridades desarticularon una red dedicada a captar mujeres en Colombia con falsas ofertas de empleo para luego trasladarlas a República Dominicana y explotarlas sexualmente.
Según el Ministerio Público, una vez en el país, a las víctimas les retenían sus documentos, las amenazaban y les imponían supuestas deudas de entre US$3,500 y US$4,000. Como parte del proceso judicial, cinco de los principales imputados recibieron tres meses de prisión preventiva.
Órganos y leyes
Asimismo, la Dirección General de Persecución del Ministerio Público, la Procuraduría Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas (PETT) es un órgano que desarrolla acciones preventivas y brinda atención permanente para garantizar la protección integral de las víctimas y asegurar una respuesta oportuna ante situaciones de vulnerabilidad, frente a los delitos de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes.
El PETT, está establecido bajo el artículo 52 de la Ley 133-11 (Ley Orgánica del Ministerio Público), que dispone la creación de procuradurías especializadas, con el propósito de dar seguimiento al cumplimiento de la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, que en sus artículos 2 y 3 junto a sus párrafos, establecen penas que van desde los 10 hasta 20 años de reclusión y multas desde los 150 a 175 salarios mínimos, según la gravedad del delito.
En cuanto al nuevo Código Penal, Ley núm. 74-25, de acuerdo a su artículo 84 sobre la “Desaparición forzada de personas” incluido sus párrafos I y II, establece que el que “comete la infracción de desaparición forzada de personas el agente del Estado, la persona o grupo de personas que, actuando con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, arresta, detiene, secuestra o priva de la libertad de cualquier otra forma a una persona, seguido de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley. La desaparición forzada de una persona será sancionada con pena de veinte a treinta años de prisión mayor y multa de treinta a cuarenta salarios mínimos del sector público”.
- Párrafo I.- Se impondrá pena de treinta a cuarenta años de prisión mayor y multa de cincuenta a mil salarios mínimos del sector público, si la víctima de la desaparición forzada resulta ser niño, niña o adolescente; mujer embarazada; persona con más de sesenta años de edad o con discapacidad; activista social, político, comunitario, medioambiental, de derechos humanos; periodistas o trabajadores de la prensa; y funcionario público, electo o designado, o representante diplomático o consular, así como sus ascendientes o descendientes.
- Párrafo II.- Cuando esta infracción concurra con el asesinato o el homicidio de la víctima se aplicarán las reglas del concurso de infracciones.