21 de agosto de 2026

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¿Puede Interpol apresar a Netanyahu?

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NUEVA YORK.— La pregunta comenzó a recorrer el mundo tan pronto Turquía anunció que solicitaría una notificación roja contra Benjamin Netanyahu. ¿Puede Interpol apresar al primer ministro israelí mientras permanece al frente de su gobierno?

La respuesta es no.

Interpol no posee agentes con autoridad para detener personas, no funciona como un tribunal y tampoco emite órdenes internacionales de arresto. Su función consiste en facilitar la cooperación entre las policías de sus 196 países miembros.

Una notificación roja es solamente una solicitud para localizar y detener provisionalmente a una persona mientras se tramita una posible extradición. Cada país decide, de acuerdo con sus propias leyes y obligaciones internacionales, si procede con el arresto.

El ministro de Justicia turco, Akin Gürlek, informó el 21 de agosto que había solicitado al Ministerio del Interior gestionar notificaciones contra Netanyahu y otro ciudadano israelí. El pedido forma parte de un proceso abierto en Estambul por la interceptación de la Flotilla Global Sumud en aguas internacionales. Las acusaciones incluyen genocidio, crímenes contra la humanidad, tortura y privación ilegal de libertad.

Turquía puede remitir la solicitud. Interpol puede recibirla, examinarla y solicitar información adicional. Pero eso no significa que deba publicarla.

El principal obstáculo se encuentra en el artículo 3 de la Constitución de Interpol. Esa disposición prohíbe estrictamente cualquier intervención en cuestiones políticas o militares. Para determinar si una solicitud viola esa regla, la organización aplica la prueba de predominancia.

Sus examinadores deben observar las acusaciones, los hechos, el cargo de la persona perseguida, el origen de la petición, las obligaciones internacionales y el contexto general. Después deben establecer si predomina el componente criminal ordinario o si el expediente está dominado por elementos políticos y militares.

Interpol permite cooperación en investigaciones por genocidio, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra. Considera que esas conductas proceden del derecho internacional humanitario y no quedan excluidas únicamente porque hayan ocurrido durante un conflicto armado.

Sin embargo, la Resolución AG-2010-RES-10 establece un límite decisivo. Cuando un Estado solicita cooperación por esos crímenes contra un ciudadano de otro país miembro, Interpol debe informar al Estado del acusado. Si ese país objeta dentro de treinta días, la información no puede incorporarse a sus bases de datos.

Israel tendría así la posibilidad de bloquear el pedido turco.

También pesa la condición de Netanyahu como jefe de gobierno en funciones. Los hechos atribuidos habrían ocurrido mientras ejercía autoridad estatal sobre una operación vinculada directamente con la guerra en Gaza. El derecho internacional le reconoce inmunidad personal frente a la jurisdicción penal de otros Estados mientras permanezca en el cargo.

La situación sería diferente ante una corte penal internacional competente, donde el cargo oficial no necesariamente impide el proceso. Pero Turquía intenta internacionalizar una decisión de su propia justicia.

Por tanto, Interpol no puede apresar a Netanyahu ni ordenar su detención. Puede estudiar la solicitud, pero no debe convertirla en una notificación roja. La inmunidad del primer ministro, la confrontación entre Turquía e Israel y el carácter político y militar de los hechos colocan el expediente dentro del terreno que el artículo 3 le prohíbe atravesar.