Santo Domingo.- El próximo 16 de agosto la Asamblea Nacional juramentará al presidente Luis Abinader para un segundo período de Gobierno, el elemento diferente en esta ocasión será la locación, puesto que el Poder Ejecutivo ha solicitado que el acto no se desarrolle en la sede del Congreso Nacional sino en el Teatro Nacional Eduardo Brito.
Esta petición ha sido motivo de discusión, principalmente por los legisladores de oposición que consideran no debe romperse con lo que ha sido establecido hasta el momento, sin embargo, la solicitud del Ejecutivo responde a que el Congreso tiene un espacio limitado para la cantidad de invitados que se esperan.
En ese aspecto el presidente del Senado de la República, Ricardo de Los Santos, explicó que la celebración de la Asamblea Nacional fuera del Congreso, no es violatorio a la Constitución.
«Con eso no estaríamos en contradicción con la Constitución, puesto que el artículo 127 de la Constitución establece que sería juramentado por la Asamblea Nacional, en ninguna parte entra en contradicción con la Constitución», expresó De Los Santos.
El legislador explica que el traslado de la Sede, según el Reglamento de la Asamblea Nacional en el Artículo 4, párrafo I, se puede hacer «por desastres o causa de fuerza mayor».
«En este caso tenemos una gran cantidad de gobernantes internacionales, vienen muchas delegaciones, entonces el espacio resulta muy pequeño para recibirlos a todos ellos y esa es la causa por la que se está planteando trasladarnos al Teatro Nacional», dijo Ricardo de los Santos.
Abogado confirma presidente puede ser juramentado en otro lugar
Al respecto, De Último Minuto consultó al abogado y Magister en Derecho Constitucional, Ricardo Rojas León, expresó que la tradicional ceremonia de juramentación de los mandatarios en el salón de la Asamblea Nacional, puede realizarse en cualquier otro lugar, siempre que el juramento se lo tome quien presida esa la Asamblea Nacional.
«La Constitución no establece que la juramentación deba realizarse en el Congreso. Lo ideal sería que, en el futuro, la Asamblea Nacional pueda realizar reuniones en las principales ciudades del interior y algún presidente/a tomar su juramento en Santiago de los Caballeros o en San Cristóbal, cuna de nuestra Constitución», expresó Rojas.
En ese orden, agrega que en muchos países, los presidentes y vicepresidentes son juramentados en estadios, explanadas, teatros y desde allí dirigen sus alocuciones a sus conciudadanos.
«LA CONSTITUCIÓN NO IMPIDE QUE, POR RAZONES DE LIMITACIÓN DE ESPACIO, EL ACTO DE JURAMENTACIÓN DEL PRÓXIMO 16 DE AGOSTO, SE REALICE EN EL TEATRO NACIONAL», SEÑALÓ EL ABOGADO.
Rojas León finalizó diciendo que cuando el edificio del Congreso Nacional se construyó, hace más de medio siglo, el salón de la Asamblea Nacional era adecuado para la cantidad de embajadores, invitados especiales y representantes de organismos internacionales que podían venir al país a presenciar una juramentación presidencial. Actualmente, la República Dominicana tiene relaciones con muchas más naciones y es parte de organismos internacionales, que no existían cuando se construyó el salón de la Asamblea Nacional.