26 de noviembre de 2024

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Extranjeros de tránsito en SDE no podrán durar más de 30 días en ese municipio

Mediante la Ordenanza 05-2024, la Alcaldía de 
 Santo Domingo Este
 estableció que extranjeros en calidad de tránsito no podrán permanecer en el referido municipio por un periodo mayor de 30 días, salvo que su estancia sea renovada por otro período similar y previamente notificada al Ayuntamiento por la persona que les acoja.  

Según el documento que fue emitido el martes cinco de noviembre, las personas que acojan extranjero serán su garante.

“La resolución ordena que los extranjeros en calidad de tránsito en el municipio no podrán permanecer en un período mayor a los 30 días, que pueden ser renovables por un período similar, sin ser debidamente notificado al Ayuntamiento Santo Domingo Este, por la persona que le da acogida y que la misma cumpla con las normas y sus leyes. Además, que la misma se convierte en el garante de ley de su huésped», indica la ordenanza en su Artículo Cuarto.

De igual forma, la regulación plantea que las juntas de vecinos deberán confeccionar un formulario, de manera obligatoria, de los residentes el cual debe incluir datos como nombre, dirección, contacto, economía y ayudas sociales, tanto en formato físico como digital, los cuales serán requeridos por el Departamento de Registro Civil de la Alcaldía.

En caso de que un sector no cuente con una junta de vecino, será realizado el empadronamiento o registro domiciliario por los promotores de la dirección de desarrollo comunitario.

Asimismo establece que los propietarios de inmuebles alquilados deben notificar al presidente de la Junta de Vecinos del perímetro y está a la vez al Registro Civil del Ayuntamiento, depositando copia del contrato de alquiler y de la cédula.

Para la aplicación de la norma instruye a que el Ayuntamiento Santo Domingo Este, proceda a lanzar una campaña por noventa (90) días, de concientización para que se comprenda el beneficio de la ejecución del Empadronamiento Municipal.