El debate legislativo sobre esta figura electoral inició tras la Sentencia TC/0788/24 del Tribunal Constitucional (TC) que planteó la posibilidad de que ciudadanos sin afiliación política partidaria puedan presentarse a cargos de elección popular
El Senado de la República aprobó este miércoles en primera lectura una propuesta del senador Ramón Rogelio Genao para eliminar los artículos No. 156, 157 y 158 de la ley 20-23 de régimen electoral. Con esta iniciativa, el legislador busca impedir las candidaturas independientes, al considerar que representan una amenaza para el sistema de partidos.
La iniciativa cuenta además con el respaldo de los senadores Moisés Ayala Pérez, vocero del PRM, Eduard Alexis Espíritusanto Castillo, vocero de Fuerza del Pueblo, así como los senadores del PRM, Casimiro Antonio Marte Familia, Aracelis Villanueva Figueroa, Lía Ynocencia Díaz Santana y Pedro Manuel Catrain Bonilla.
El debate legislativo sobre esta figura electoral inició tras la Sentencia TC/0788/24 del Tribunal Constitucional (TC) que planteó la posibilidad de que ciudadanos sin afiliación política partidaria puedan presentarse a cargos de elección popular, es decir, postularse como candidatos independientes a través de agrupaciones o asociaciones cívicas.
Desde entonces Rogelio Genao del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), ha sido una de las voces más constantes en contra de dicha posibilidad, por entender el legislador, que esta representa un peligro para el sistema institucional y político del país. Como además advirtió que la cantidad de este tipo de candidatos supondría un escollo que haría “inadministrable” los procesos electorales venideros.
En el año 2025 la Junta Central Electoral (JCE) en cumplimiento de la sentencia del TC, propuso al Congreso Nacional a través de la Cámara de Diputados la discusión del tema, pero la propuesta encontró el rechazo de los diputados quienes emitieron un informe desfavorable luego de varias semanas de discusión en una comisión especial que fue presidida por el diputado Elías Wessin Chávez, del Partido Quisqueyano Demócrata Cristinao (PQDC).
En aquel momento, Wessin Chávez, planteó que, luego de las deliberaciones, los legisladores concluyeron que las tres propuestas legislativas relacionadas con la regulación de las candidaturas independientes debían ser rechazadas por entrar en contradicción con la Constitución de la República.
Además de la propuesta de la Junta Central Electoral, las y los legisladores analizaron la propuesta depositada por el diputado Rogelio Genao Lanza, PRSC y una del propio Chávez.
¿Qué dicen los artículos No. 156, 157 y 158 de la ley de régimen electoral?
“Artículo 156.- Podrán ser propuestas candidaturas independientes de carácter nacional, provincial, municipal o en el Distrito Nacional, que surjan a través de agrupaciones políticas en cada elección”.
“Artículo 157.- Requisitos de candidaturas independientes. Para sustentar una candidatura independiente para la Presidencia de la República, se requiere una organización de cuadros directivos igual a la de los partidos políticos en toda la República, y un programa de gobierno definido para el período en que hayan de presentarse”.
“Artículo 158.- Candidaturas municipales en elecciones sucesivas. Las agrupaciones que sustenten candidaturas independientes para cargos electivos en los municipios podrán mantener sus organizaciones locales e intervenir en elecciones sucesivas, siempre que cumplan con los requisitos señalados en esta ley».