15 de febrero de 2026

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El caso Ozoria: ¿La punta del iceberg de un sistema que no rinde cuentas?

Ozoria
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El Concordato firmado con la Iglesia Católica le cuesta cientos de millones de pesos cada año al Estado dominicano. Se trata de una relación amparada en un acuerdo IglesiaEstado firmado hace más de setenta años, en 1954, que le sigue otorgando a la Iglesia Católica privilegios financieros y fiscales que la colocan en una posición distinta frente a otras confesiones religiosas.

Mientras hospitales operan con carencias, escuelas enfrentan déficits y comunidades reclaman servicios básicos, el Estado continúa financiando una estructura religiosa que maneja con amplia autonomía recursos públicos, donaciones y exoneraciones, con niveles de control limitados. Por eso surge la inquietud, ¿debe seguir así? El programa N Investiga pone ejemplos que le dan sustento a este cuestionamiento.

Desde iglesias, universidades, escuelas, centros de formación hasta vehículos del año para obispos, son algunos de los bienes donados y construcciones hechas con recursos del Estado.

Debate

Al margen del debate sobre si los Estados deben financiar iglesias, hay un hecho histórico difícil de ignorar y es que con el Concordato firmado entre el Vaticano y el dictador Rafael Trujillo, la Iglesia Católica aseguró respaldo económico e institucional con una dictadura que oprimía al país y vulneraba sistemáticamente las libertades fundamentales del pueblo dominicano.

En ese sentido habla el padre Rogelio Cruz, teólogo y obispo del Pueblo por la Iglesia Católica Apostólica Brasileña: “Con esas ansias de tener todos los poderes, quiso ser nombrado Benefactor de la Iglesia. Entonces el papa Pío XII, el 16 de junio de 1954, le otorga el Concordato. Y la Iglesia aprovecha: ‘Yo te doy esto, a cambio de…’. Fue un negocio realmente, no fue algo con algún carácter así religioso para obtener beneficios”.

El Concordato, más de 70 años después

A través del Concordato, el Estado dominicano se comprometió —entre otras cosas— a financiar infraestructuras para la Iglesia y su personal, otorgar subvenciones mensuales a cada diócesis y conceder exenciones fiscales a edificios y bienes adquiridos o recibidos por donación, siempre que se destinen a fines religiosos o de utilidad pública. Setenta y dos años después, en pleno siglo XXI, la legislación dominicana continúa privilegiando a la Iglesia Católica. Una de las partes más controversiales de esta relación Estado-Iglesia es cómo esos privilegios se traducen en recursos públicos, aunque en el caso de la comunidad evangélica no reciben el apoyo en la misma dimensión.

Si necesitamos construir una obra que valga 10 millones de pesos, por ejemplo, y usted le pide un aporte al Gobierno, el Gobierno tiene la prerrogativa de decir: De esos 10 millones, yo voy a aportar dos millones. Y usted tiene que hacer la obra hasta donde pueda y con los aportes personales y voluntarios de los hermanos, usted termina la obra”, señala Feliciano Lacen, presidente del Consejo Dominicano de Unidad Evangélica (CODUE).

Grandes beneficios

A pesar de que no existen estadísticas oficiales sistematizadas o transparentes de los aportes recibidos por la Iglesia Católica, algunos datos permiten dimensionar el impacto financiero de estos beneficios. En 2006 —el único año con información consolidada— el Estado dominicano destinó 41 mil millones de pesos a iglesias, de los cuales 35 mil millones, es decir, el 85 %, corresponden a la Iglesia Católica. Más recientemente, en 2024, el Presupuesto General de la Nación asignó unos 607.3 millones de pesos por concepto de ayudas directas a entidades religiosas, de las cuales cerca del 64 % están vinculadas a la Iglesia Católica, distribuidas en la cuenta “Transferencias corrientes a asociaciones sin fines de lucro” con 399.1 millones de pesos para iglesias en convenios de cogestión de escuelas en colaboración con el Ministerio de Educación y 208.2 millones como “transferencias a organizaciones no gubernamentales en el área religiosa”, sin precisar cuáles programas serían ejecutados ni a través de cuáles instituciones del Estado.

La transparencia no es su principal prédica para lo interno, la discrecionalidad con que se administran estos cuantiosos recursos es notable. Al consultar la página web de la Conferencia del Episcopado Dominicano, amparados en el Concordato, carece de una sección de transparencia que detalle los recursos recibidos y su uso.

A diferencia de otras denominaciones religiosas, las exoneraciones otorgadas a la Iglesia Católica no son evaluadas por el Ministerio de Hacienda. El decreto 162-11 establece que “todas las solicitudes de exenciones fiscales —amparadas en leyes, concesiones o contratos ratificados por el Congreso— deben ser sometidas a Hacienda para su estudio, tramitación y análisis de costo-beneficio antes de ser aprobadas”. Sin embargo, el decreto 294-11 excluye a las embajadas y a la Iglesia Católica de ese procedimiento, al ordenar que “esas disposiciones no sean aplicadas a las misiones diplomáticas y consulares debidamente acreditadas en el país, así como a las entidades religiosas adscritas a la Iglesia Católica, Apostólica y Romana, en virtud de los convenios internacionales suscritos al respecto y al Concordato entre la Santa Sede Apostólica y la República Dominicana”.

Esta excepción impide conocer el monto real de los beneficios otorgados sin evaluación previa. Aun así, datos publicados por algunos medios indican que solo por la importación de vehículos para iglesias, el Estado dejó de recaudar unos 294.7 millones de pesos entre 2020 y 2024. A esto se suma una pérdida adicional en el año 2024, estimada en 187.4 millones de pesos por exenciones tributarias concedidas a instituciones religiosas bajo regímenes especiales.

N Investiga tuvo acceso a documentos que confirman la necesidad de instaurar un verdadero mecanismo de control de estos recursos del Estado.

El 12 de noviembre salió a la luz una carta dirigida a los feligreses por el arzobispo metropolitano de Santo Domingo, monseñor Francisco Ozoria Acosta, informando su suspensión por “mala administración”. De este modo, quedaba limitada su labor al ministerio pastoral y fue despojado de la gestión financiera y administrativa, que pasaron a ser responsabilidad de un arzobispo coadjutor.

“Eso se sabía hace mucho, eso, eso era, eso era una verdad a sota, a sotto voce, como dicen. Y Ozoria fue la negación de la negación de lo que debe ser un obispo y un arzobispo”, dice el padre Rogelio.

Para el abogado Carlos Salcedo, esa situación constituye un “reflejo más de la falta de control y manejo adecuado y de compromiso cuando se tienen recursos públicos en sus manos”.

Un ejemplo concreto aparece en documentos oficiales a los que tuvo acceso N Investiga, los cuales arrojan luz sobre el volumen de fondos involucrados: dos convenios de colaboración interinstitucional que, firmados en 2021 entre el Arzobispado de Santo Domingo y la entonces OISOE —hoy Ministerio de la Vivienda—, establecen un aporte para la construcción de 14 templos, casas curiales y oficinas parroquiales en el Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo; y un adéndum para la construcción de otros tres en Monte Plata, por un valor total superior a 520 millones de pesos.

En estos convenios, se fija un mismo mecanismo de pago: un 20 % inicial y desembolsos posteriores por cubicaciones, transferidos directamente a cuentas de la Arquidiócesis. También establecen que esta debía presentar presupuestos detallados, planos, cronogramas y reportes mensuales. Sin embargo, no se especifica ningún mecanismo que permita verificar el cumplimiento real de estas obligaciones ni medir impacto social, lo que deja la impresión de compromisos vacíos sin fiscalización efectiva.

Aunque el Ministerio puede supervisar las obras, los convenios dejan claro que la contratación quedó exclusivamente en manos de la Iglesia, sin licitación pública.

Para las 17 iglesias se contrataron varias empresas. Pero el mayor foco de atención recae sobre una compañía estrechamente relacionada al arzobispo: Trazos Diseños Más Construcción (Tradisecons), a la que el mismo monseñor Ozoria le asignó la construcción de cuatro templos: el Convento Santísima Trinidad o del Amor Trinitario, en Santo Domingo Norte; la Parroquia San Bartolomé Apóstol, en el sector Mejoramiento Social del Distrito Nacional; la Parroquia Nuestra Señora de la Altagracia en Monte Plata, y la Parroquia Divino Niño Jesús en la Urbanización mi Sueño Segundo, en Santo Domingo Este, por un total de más de 98 millones de pesos.

La empresa contratista Trazos fue constituida en abril de 2011. Su dirección original figura en la avenida Independencia número 171, en San Pedro de Macorís, la misma dirección de la casa familiar de Francisco Ozoria Acosta. Posteriormente, en su registro como proveedor del Estado, emitido en 2018, la empresa registra como dirección la sede del Arzobispado de Santo Domingo, calle Isabel la Católica número 55, en la Ciudad Colonial.

El accionista principal de Trazos es el arquitecto Secundino Ozoria Acosta, hermano del arzobispo, quien de acuerdo a los documentos, no solo preparó los presupuestos de las obras asignadas a su compañía, sino también los de los demás contratistas, aunque su firma no aparece en los documentos, y falleció a raíz de cáncer de hígado, en noviembre de 2022, un año después de la firma de los convenios. Pero quien sí figura firmando es el propio monseñor Francisco Ozoria Acosta, en calidad de contratista. Otros socios de esta empresa son su hermano José Miguel Ozoria Acosta y su cuñada Josefina Vásquez Guzmán de Ozoria.

El arzobispo firmaba los convenios, administraba los fondos y decidía las contrataciones a favor de familiares directos. Todo esto con recursos públicos, lo que según el jurista consultado, Carlos Salcedo, representa un conflicto de intereses.

“Por el hecho de que sea en este caso un convenio, con un estado como el Estado Vaticano, un convenio internacional no implica que se puede llevar de encuentro una ley de orden público. La ley de contratación pública es una ley de orden público, cuyos principios, aun cuando haya un convenio con una entidad religiosa, deben estar presentes”, indica Salcedo.

Es decir, deben estar presentes la transparencia, la objetividad, el control del gasto y la rendición de cuentas. Se escogió al azar algunas de las iglesias bajo la responsabilidad de Trazos, como la parroquia Divino Niño Jesús en Santo Domingo Este, con una inversión total de 32 millones 428 mil 107 pesos, de los cuales se han pagado 16 millones 870 mil pesos y según este reporte oficial está en un 40 % de ejecución. Al acudir al lugar, se observó que está en aproximadamente más de un 90 % ya que empezaron las labores de pintura, se colocaron pisos y vitrales. Mientras, en la Parroquia San Bartolomé Apóstol, en el sector Mejoramiento Social, según el reporte que llegó a N Investiga, estaba en un 0 %. Al acudir esta semana, se comprobó que ya avanzó aproximadamente un 50 % de ejecución. Ya la estructura está levantada, incluido el techo. Pero, sin lugar a dudas, estas prácticas de beneficiar a familiares constituyen un vacío legal y el abuso de una figura privilegiada.

El abogado Salcedo dice: “Se trata de un déficit institucional, pero ese déficit institucional es precisamente lo que el Estado dominicano debe hacer con el manejo de los fondos públicos. Si hay, en este caso, excepcionalmente para fines de desembolsos a la Iglesia, a entidades religiosas, si hay por el Concordato desembolsos posibles, esa discrecionalidad no puede volarse los principios que rigen la Administración pública”.

Pero estos convenios de cooperación interinstitucional para la construcción y terminación de iglesias no son nuevos. En más de 70 años del Concordato, todos los Gobiernos han subvencionado el agradecimiento de Dios.

Así lo confirma un acuerdo firmado el 11 de octubre de 2006, firmado por Félix Bautista, entonces director de la OISOE, y en representación de la Arquidiócesis de Santo Domingo, monseñor Daniel Lorenzo Vargas, en el que se asignan 30 millones de pesos para la construcción y reparación de 53 parroquias. El 18 de mayo de 2007, se firmó otro acuerdo de reparación en casa del Sacramento del Arzobispado de Santo Domingo, con una asignación de 8 millones 774 mil 566 pesos. El 27 de mayo de 2009, otro pacto para la construcción del Centro Estudiantil de la Universidad Católica Nordestana (UCNE) en San Francisco de Macorís, con un aporte total de 16 millones 819 mil 778 pesos. Otro convenio similar fue firmado el 14 de enero de 2009, mediante el cual se aportan 60 millones de pesos para la construcción del centro de Formación Integral Juventud y Familia (Cefijufa), en Cancela, Santo Domingo Este.

En 2016, ese mismo centro recibió 108,482,016 pesos para la construcción de un edificio de habitaciones y el techado de la cancha, mediante otro acuerdo firmado por el entonces director de la OISOE, Francisco Pagán, y monseñor Ramón Benito Ángeles. Y un gran etcétera.

Pero estas donaciones no solo son para obras educativas y parroquias. También son para lujosos vehículos para los obispos, como lo demuestra un convenio del 27 de marzo de 2006, en el que la OISOE asignó 396,051 dólares a la Conferencia del Episcopado Dominicano para la compra de 12 vehículos a igual número de obispos de varias provincias del país, “que garanticen un eficiente desplazamiento a las diversas obras diseminadas dentro del área de cobertura”, incluyendo una camioneta marca Toyota Hi Lux doble cabina, del año, valorada en ese entonces en 33,900 dólares, a favor de monseñor Benito Ángeles; lo mismo para el arzobispado de Santiago, monseñor Ramón Benito de la Rosa y Carpio; el obispado de Baní, padre Samuel Casilla; el obispado de Nuestra Señora de la Altagracia en Higüey, monseñor Nicanor Peña.

Mientras, para monseñor José Dolores Grullón Estrella, el arzobispo de San Juan de la Maguana, -de donde es originario el entonces director de la OISOE, Félix Bautist,- una yipeta Toyota Prado del año, valorada en 43,275 dólares, y al cardenal Nicolás de Jesús López Rodríguez otro  automóvil para su uso, un Toyota Corolla del año, valorado en 19,300 dólares.

“Lo que pasa es que la Iglesia, es el arzobispo, no se puede tocar, es intocable. Esa tecla no se puede tocar, porque nos van a echar los fieles atrás….”, afirma el padre Rogelio.

Por su parte, el abogado Salcedo declara: “Si hay exenciones a favor de la Iglesia, es sobre la base de que rinden un servicio necesario a la ciudadanía de espiritualidad, de evangelización, de cristiandad, de humanidad, tan importante en un estado democrático de derecho, que es un estado laico en la República Dominicana”.

Pero, solo aplica para la Iglesia Católica, debido a que la comunidad evangélica se rige por otro marco legal muy distinto, la Ley 122–05. Lacen, el presidente del CODUE, lo explica así:

“Ahí están todas las ONG, independientemente que usted sea de corte religioso o corte de cualquier género que sea. Allí están todas conformadas, de manera que nosotros estamos en una ley que, como yo digo siempre, entre macos y cacatas”.

Otras iglesias

A diferencia de la Iglesia Católica, las iglesias evangélicas tienen mecanismos de fiscalización mucho más rigurosos, empezando por declaraciones informativas anuales a la DGII, y aquellos ministerios cristianos que desarrollan programas de salud, educación, inclusión de personas con discapacidad, deben destinar por ley el 80% de los recursos a la ejecución de sus iniciativas y solo el 20% a gastos administrativos.

”…mensualmente, hay una rendición de cuentas que se envía a la Cámara de Cuentas. Luego la Cámara de Cuentas la remite al Ministerio que usted esté adscrito. Ahora mismo hay una presión muy fuerte porque cada tres meses usted tiene que haber hecho un corte de ese trimestre y si usted no lo hace, pues entonces los fondos los paran”, apunta Lacen.

A pesar de esta gran desigualdad, el CODUE y juristas consultados abogan por una actualización del Concordato, por lo menos, ya que su eliminación parecería imposible. Para Lacen, el Concordato “no responde a las exigencias de los nuevos tiempos”. Por eso piensa que “en esa parte ahí debería ser revisado por sus autoridades, porque me imagino que si ellos lo hacen de esa forma es porque ellos tienen la prerrogativa y la autoridad de hacerlo así”.

“Como cualquier otra iglesia, necesariamente está supeditada a principios de igualdad, a principios de transparencia, a principios de control, a principios de rendición de cuentas. No importa que el Concordato no lo prevea. Si no lo prevé, necesariamente hay que hacer una labor de reingeniería jurídica”, prosigue Salcedo.

Otros sectores tienen una posición más radical. El padre Rogelio va más lejos en esta cuestión, al pedir la eliminación del Concordato. Entiende que “no puede haber privilegios para una sola iglesia y ponerla por encima de todas las demás. Para Dios no hay… Incluso es contraproducente, es la negación del Evangelio. Todos somos iguales”.

Siempre ha sido cuestionada la constitucionalidad del Concordato. Incluso, el 25 de enero de 2011, el abogado José Cristóbal Flores de la Hoz presentó una acción de inconstitucionalidad contra 21 artículos del Concordato, incluyendo el primero que establece que “la religión católica es la religión dominicana y gozará de los derechos y prerrogativas que le corresponden conforme a la ley divina y el derecho canónico”.

José Cristóbal Flores, abogado, opina que “esto es una disposición que atenta contra el artículo 39, que consagra el principio de igualdad, y el artículo 45, que establece la libertad de conciencia y culto. ¿Por qué se violan estos artículos? Sencillamente, porque se consagra un odioso y discriminatorio privilegio hacia una tendencia de unas ideas religiosas sobre otras, desconociendo el pluralismo ideológico, cultural, político y religioso existente en la República Dominicana”.

Diez años después de presentada la acción, en diciembre de 2021, es cuando finalmente el Tribunal Constitucional emitió la sentencia.

“El fallo, en realidad, no conoció el fondo de la acción. Probablemente, muchos de esos jueces son católicos, incluso probablemente, eh, hicieron carrera amparados o apoyados por la misma Iglesia Católica. Entonces, era lógico suponer eso”, explica el abogado Flores.

También lo declaró inadmisible por tratarse de un acuerdo internacional. “Precisamente, esa fue la excusa que utilizó el tribunal para no conocer el fondo. Ellos argumentaban que realmente se trataba de un tratado y que esa no era la vía para la inconstitucionalidad porque la Constitución se refiere a ley, reglamentos, resoluciones. Pero ahí está incluida la resolución”, continúa el jurista.

El abogado Salcedo expresa: “cuando tú hablas de un Concordato no estás hablando de cualquier cosa, estás hablando de un contrato, de un convenio internacional entre Estados. Y eso pasa por un proceso que necesariamente marca la necesidad de la intervención de ambos estados, en este caso del Congreso Nacional y también del Papado, para finalmente poder de alguna manera hacer alguna modificación sustancial”.

Actualmente, la Santa Sede mantiene estos acuerdos con más de 50 Estados. Algunos, como Francia o Portugal, han eliminado el financiamiento estatal directo. En República Dominicana, en 2007, se propuso una Ley General de Asociaciones Religiosas que buscaba igualdad de trato. Fue aprobada por los diputados, pero murió en el Senado. Más recientemente, en 2023, el entonces diputado y actual senador de Barahona, Moisés Ayala, sometió el “Proyecto de Ley General de Cultos y Asociaciones Religiosas”, que planteaba la creación de un Ministerio Nacional de Culto, que funcionaría como autoridad reguladora de las iglesias católicas, evangélicas, adventistas, testigos de Jehová y mormones, quienes tendrían la obligación de entregar estados financieros semestrales, con detalles de ingresos, egresos y fuentes y prohibir que se asocien con fines políticos o promuevan propaganda electoral.

La propuesta, como es natural cuando involucra la fe, generó controversia y preocupación entre líderes religiosos, quienes vieron en la iniciativa una posible limitación al Estado laico y a la autonomía de las iglesias, terminó perimiendo.

“De lo que se trata es de que la legislación nacional proteja de igual manera en el trato para el manejo de los fondos públicos, para el manejo de las exenciones, a cada una de las iglesias”, aporta Salcedo.

“Toda institución que esté en el territorio dominicano debe cumplir con las exigencias actuales, que vayan acorde con las buenas prácticas, con las buenas exigencias, no importa de qué religión sea”, declara Lacen.

Salcedo: “Se trata no de un tema puramente religioso, es un tema institucional y democrático. En un Estado democrático de derecho, primero, todos los fondos públicos están sujetos a control, todos los fondos públicos están sujetos a fiscalización, no importa las manos que lo manejen”.

Más de siete décadas, el Concordato sigue desatando un debate sobre privilegios, igualdad religiosa y transparencia. Mientras algunos defienden el acuerdo como cooperación histórica, otros reclaman modernización, fiscalización y equidad. Porque la ley es clara: cuando el dinero es público, los controles no son opcionales.