19 de octubre de 2024

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Desde Balaguer hasta Abinader, el vaivén histórico de las reformas a la Constitución

La Carta Magna ha sufrido 39 modificaciones, ahora el presidente Luis Abinader buscar plasmarle su sello.

Con la propuesta de reforma constitucional que presentó el presidente Luis Abinader ante el Congreso Nacional, el Estado dominicano continúa sumergido en un proceso de transformación constante que parece indetenible con el transcurrir de los años.

Desde el 1844, año en el que fue constituido el territorio este de la isla en la República Dominicana hasta este 2024, la Carta Magna del país recibió de manera precisa 39 modificaciones que han buscado elevar el marco legal y jurídico de los distintos poderes que conforman el Gobierno.

Sin embargo, uno de los principales aspectos que llevaron a los distintos presidentes de turno a encarrilar las reformas fue el de garantizar la modificación del periodo permitido en la norma suprema y así prolongar su permanencia en la máxima representación del Poder Ejecutivo. 

Aunque la pieza elaborada por el actual mandatario no intenta alterar el periodo establecido para el nivel de elección presidencial, sino más bien colocar un “candado” con el objetivo de “petrificar este artículo”, las cuatro modificaciones constitucionales promulgadas a partir del año 1994 lo hicieron sin detención alguna.

El expresidente Joaquín Balaguer fue el primero en hacerlo, logrando una modificación para prohibir la reelección presidencial en dos periodos consecutivos. En esa iniciativa también se aprobó la creación del Consejo Nacional de la Magistratura y se estableció la doble vuelta electoral para la elección del nivel presidencial de los comicios cuando ninguno de los candidatos obtenga la mayoría absoluta de los votos.

La crisis política registrada en el torneo electoral en el que resultó ganador Balaguer, superando a su contrincante político José Francisco Peña Gómez fue el motivo principal que propulsó la reforma. Esto, con la firma del acuerdo establecido como “Pacto por la Salvación de la Democracia”, que sirvió para apaciguar las protestas provocadas por la corriente peñagomísta.

En este documento se suscribieron los nombres de los principales actores políticos y contó con la observación de diversos sectores de la sociedad y la Organización de los Estados Americanos (OEA). La Junta Central Electoral (JCE) tardó más de dos meses para emitir el boletín final, lo que intensificó las críticas. Para solventar el conflicto, los representantes de la sociedad y la dirigencia política consensuaron reducir la duración del periodo presidencial que inició el 16 de agosto, para que terminase el 27 de febrero del año 1996.

La reforma aprobada y la coyuntura política marcaron el final de los 12 años de Gobierno, parte de los 22 años no consecutivos, del exmandatario Balaguer siendo el líder del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), mientras habilitaba el camino al expresidente Leonel Fernández con el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) que se preparaba para encabezar varios mandatos.

Este acontecimiento histórico sucedió luego de que Balaguer modificara en al año 1966 la Carta Magna para establecer que el presidente pueda reelegirse sin ningún impedimento. 

Una reelección derrotada

Con la elección de Hipólito Mejía a la Presidencia de la República para el periodo constitucional 2000-2004 se abrió una puerta más al interminable camino de las reformas. Colocando como objetivo eliminar de la Carta Sustantiva el dictamen que prohibía la reelección consecutiva.

De esta manera, apertura a los presidentes a mantenerse en el puesto durante dos periodos consecutivos y después “nunca jamás” tener aspiraciones en ese nivel de elección, similar al estilo utilizado en el sistema de Estados Unidos. Debido a la simpatía en la población y la cuasi calificada mayoría que tenía el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) en el Congreso Nacional, Mejía consideraba posible que sus planteamientos fuesen acogidos. No obstante, inició una etapa de división interna en las filas del PRD y en el país.

El 25 de julio de 2002, a tan solo 11 días de la muerte del expresidente Balaguer, fue aprobada por la Asamblea Nacional Revisora el proyecto del gobernante Mejía. El PRD necesitó del respaldo de legisladores del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), que en ese momento encabezaba el bloque opositor, para lograr su conquista en el Poder Legislativo.

Según las denuncias de los peledeístas, fueron 11 los diputados que recibieron sobornos del oficialismo. Por lo que el PLD decidió expulsarlos. Aunque la reforma fue promulgada y el impedimento retirado, Mejía no pudo superar en las votaciones de 2004 a Leonel Fernández, quien triunfaba con el 57% de los sufragios, dejando en solo un intento la reelección del líder perredeísta. La crisis financiera registrada en 2003 dentro del sector bancario colocando las cifras de inflación por encima del 50% mancharon su imagen política.

Reforma más “integral”

Juramentándose en 2004 como presidente electo, Fernández se dedicó en el cuatrienio a reducir la tasa de inflación despegada por el cierre de entidades bancarias y otros factores problemáticos de áreas económicas que incidían en el sistema.

Luego de su repostulación en la silla presidencial, en 2008, retomó los pasos tradicionales de los mandatarios que le antecedieron y habilitó el paso a un nuevo procedimiento de reforma constitucional.

En esta ocasión, el proyecto legislativo tenía el objetivo de regresar a la modalidad interpuesta en 1996 por Balaguer, excluyendo la norma de dos periodos consecutivos y nunca más, para colocar la reelección intermitente. Esta propuesta, además, consagraba en la Constitución el principio de Estado democrático y social de derecho.

Ordenaba la edificación de leyes que aseguren derechos culturales, económicos, colectivos de los ciudadanos y del medio ambiente. Asimismo, instruía un marco de ejercicio democrático con mecanismos que serían utilizadas por los dominicanos para expresar sus opiniones ante los poderes del Estado.

Tal es el caso del referendo, la iniciativa legislativa popular y el plebiscito. También, crearía órganos constitucionales como lo son el Tribunal Constitucional (TC), Tribunal Superior Electoral (TSE), Tribunal Superior Administrativo (TSA), Consejo del Poder Judicial y Defensor del Pueblo.

Para lograrla, Fernández tomó una serie de medidas, incluyendo consultas populares y la designación de una comisión integrada por juristas para la evaluación del objeto. Además, fue bendecida por el PRD, principal partido de oposición, cuando en 2009 formó parte del

“Pacto de las Corbatas Azules”. El excandidato presidencial por el “partido del jacho prendido”, Miguel Vargas Maldonado se suscribió en 2009 al manuscrito, que también eliminaría de forma inesperada el “nunca jamás” de la Constitución, declarada en el artículo 39 de la Carta Magna. Conformando así el articulo 124 en el que queda consignado que el “El Poder Ejecutivo se ejerce por él o la Presidente de la República, quien será elegido cada cuatro años por voto directo y no podrá ser electo para el período constitucional siguiente”. Junto a legisladores del PRD, los congresistas del PLD aprueban en 2010 el proyecto de reforma constitucional. 14 años después, el Congreso tiene una deuda pendiente con la sociedad, ya que no ha aprobado la mayoría de las leyes establecidas por esa norma suprema.

Última reforma

Al culminar la gestión gubernamental del expresidente Fernández y con su inviabilidad para repostularse a un tercer periodo, el PLD se quedaba en una nueva coyuntura dentro del Poder Ejecutivo. Danilo Medina resultó en 2012 electo como presidente en el torneo electoral. Mientras el fin de su cuatrienio se acercaba, Medina no encontró otra opción más para mantenerse en la Presidencia que modificar la Constitución.

Esa decisión fue la causa de una diferencia determinante, en 2015, en el sector Danilísta y el leonelísmo. La divergencia culminó con una reunión en la cúpula del partido morado en la que se acordó la firma de un convenio entre ambos liderazgos.

Aprovechando la mayoría legislativa, el proyecto del mandatario Medina recibió el visto bueno de la Asamblea Nacional Revisora. Pieza que únicamente modifico el artículo 124 para restablecer la reelección consecutiva y establecer un artículo transitorio.

 «En el caso de que el presidente de la República correspondiente al período constitucional 2012-2016, sea candidato al mismo cargo para el período constitucional 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período ni a ningún otro período ni a la Vicepresidencia de la República”, dicta el transitorio colocado en la Constitución vigente.

En 2018, la dirigencia del PLD realizó una campaña para modificar nuevamente la Carta Magna, con el objetivo de habilitar a Danilo Medina a ser elegido durante el periodo 2020-2024. Pero el rechazo expuesto por la sociedad, partidos de la oposición e, incluso, parte de la organización política oficialista detuvieron lo que pudo ser la última modificación.

Modificación del presidente Abinader

Después de ser reformada 39 veces, el presidente Luis Abinader quiere marcar su sello en la Carta Magna, con la ejecución de varias transformaciones que “fortalecerán” la institucionalidad del Estado y “blindarán la democracia”. Su propuesta plantea un artículo que impida la modificación a los actuales términos de elección presidencial. Así como también la unificación de las elecciones presidenciales, congresuales y presidenciales para que se celebren el mismo día a partir del 2032 para “ahorrar” los recursos públicos.

Otorgar al Consejo Nacional de la Magistratura la responsabilidad de seleccionar el titular de la Procuraduría General de la República (PGR), establecer una mayor independencia al Ministerio Publico a través de varios parámetros y readecuar la matrícula de la Cámara de Diputados con una reducción de 190 a 137 representantes. Estos puntos se depositaron conjuntamente con el proyecto de ley que declara la necesidad de la reforma constitucional, convocando a la Asamblea Nacional Revisora.

Este órgano legislativo lo integran los 220 legisladores que pertenecen a la Cámara de Diputados y el Senado de la República. Luego del particular sea aprobado por ambas cámaras, los representantes podrán reunirse en los 15 días siguientes para discutir el contenido de los 12 objetos a reformar.

El contenido que se colocará en los artículos 81, 166, 167, 169, 171, 178, 179, 209, 268 y 274 debe ser aprobado por las dos terceras partes de los votos.