NUEVA YORK – En una decisión que representa una victoria para la política antimigratoria de la Administración Trump, el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Quinto Circuito decidió que el Gobierno puede mantener detenidos a indocumentados sin que estos tengan acceso a audiencias de fianza.
La mayoría de jueces o una decisión 2-1 revocó las sentencias de dos tribunales de distrito.
Con el fallo de este viernes en Nueva Orleans, el tribunal básicamente le dio un espaldarazo a la reinterpretación que hizo la Administración Trump de la ley migratoria para evitar que más inmigrantes detenidos por agencias como el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) puedan solicitar la libertad bajo fianza.
Previo a la entrada de Trump, migrantes que llevaban viviendo por años en EE.UU. sin documentación podían solicitar audiencias para intentar regularizar su estatus e impugnar su deportación. Las autoridades solo mantenían bajo detención a los que hubieran cruzado la frontera recientemente o los condenados por ciertos delitos.
Bajo la política que implementa el gobierno actual, prácticamente, cualquier persona que se encuentre ilegalmente en el país sin importar su tiempo de estancia podría estar sujeta a detención obligatoria en medio de su proceso de deportación.
El reporte de Telemundo plantea que el fallo podría afectar a miles de inmigrantes, ya que la jurisdicción de la corte abarca Texas y Louisiana, donde ubican varios centros de detención.
En resumen, la corte determinó que no todos los extranjeros detenidos en virtud del artículo 8 U.S.C. § 1226(a) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) pueden ser puestos en libertad bajo fianza. “Si un extranjero ha cometido uno de los delitos penales enumerados en el artículo 1226(c), pierde su derecho a la libertad bajo fianza”, decidió la mayoría.
“El hecho de que las administraciones anteriores decidieran no hacer uso de toda su autoridad para hacer cumplir la ley […] no significa que carecieran de la autoridad para hacer más”, planteó la jueza Edith Jones.
De acuerdo con el texto judicial, los demandantes ingresaron ilegalmente hace muchos años. “Por lo tanto, el Gobierno sostiene que, dado que ninguno de los peticionarios demostraron tener derecho a ser admitidos de forma clara e indudable, ‘serán detenidos’ en espera del procedimiento de deportación”, lee la decisión.
Los peticionarios, por su parte, argumentaron que tienen derecho a la libertad bajo fianza discrecional durante el procedimiento de deportación. Sostuvieron que el referido artículo les es aplicable precisamente porque no solicitaron la admisión legal.
Los demandantes, identificados como los mexicanos Víctor Buenrostro-Méndez y José Padron Covarrubias, ingresaron de manera ilegal a EE.UU. en el 2009 y 2001, respectivamente.
En el 2025 y tras una inspección del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), los agentes de inmigración determinaron que ambos eran inadmisibles por ser extranjeros presentes en el país sin haber sido admitidos ni haber obtenido un permiso de entrada. El DHS inició el proceso de deportación contra ambos peticionarios y ordenó su detención durante la duración de dichos procedimientos.
Ambos hispanos presentaron recursos de habeas corpus en los que alegaron violaciones a INA, APA (Ley de Procedimiento Administrativo) y la Quinta Enmienda de la Constitución federal. Los dos tuvieron sus audiencias de fianza y fueron liberados. Sin embargo, el Gobierno apeló, los casos se unificaron para su revisión y el caso fue remitido al Apelativo.
Parte de la discusión central del caso se basó en el debate sobre una supuesta distinción entre “solicitantes de admisión” y “quienes buscan la admisión”.
Los peticionarios argumentaron, que “buscar” está en tiempo presente, y por lo tanto requiere alguna forma de acción presente y afirmativa.
“No tendría sentido decir que tan pronto como el solicitante hace clic en ‘enviar’ en su solicitud, deja de buscar la admisión, simplemente porque no realiza ninguna otra acción afirmativa para obtener la admisión. En cambio, normalmente se entendería que está buscando la admisión mientras su solicitud esté pendiente. Lo mismo ocurre en este caso. Los peticionarios son considerados, por ley, solicitantes de admisión mientras se resuelven los procedimientos de deportación. Mientras sigan siendo solicitantes, están buscando la admisión. Que ‘buscar la admisión’ sea equivalente a ser un ‘solicitante de admisión’ por disposición legal fue confirmado por la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) hace más de una década”, expone el escrito del tribunal de apelaciones.
A juicio de los jueces, los peticionarios no ofrecieron ninguna respuesta convincente a estas disposiciones.
“Con respecto al artículo 1225(a)(3), sugieren que la expresión ‘o de otro modo’ significa que los extranjeros que ‘solicitan la admisión’ lo hacen ‘de una manera o forma diferente’ a los ‘solicitantes de admisión’. Pero si eso fuera cierto, el Congreso simplemente habría dicho ‘solicitantes de admisión o quienes solicitan la admisión’”, consideró la mayoría.
Para Pam Bondi, secretaria de Departamento de Justicia federal, la decisión de la corte fue acertada.
“Esta noche, los abogados del Departamento de Justicia obtuvieron otra victoria legal crucial en apoyo de la agenda migratoria del presidente Trump.El Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito dictaminó que los inmigrantes indocumentados pueden ser detenidos legalmente sin derecho a fianza, un duro golpe contra los jueces activistas que han estado socavando nuestros esfuerzos para que Estados Unidos vuelva a ser un país seguro”, afirmó Bondi desde la red social X.
“Gracias a Ben Hayes, quien defendió este caso, a Brett Shumate y a la División de Asuntos Civiles del Departamento de Justicia. Seguiremos defendiendo la agenda de ley y orden del presidente Trump en los tribunales de todo el país”, agregó la funcionaria.